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El Nombre Que he Querido Darle a Esta Categoría es la de Derecho Constitucional Transnacional en la Medida en Que es Una Noción Que Pretende ir Más Allá de lo Doméstico y Ampliar Los Estudios Constitucionales Hacia Nuevas Dimensiones de lo Jurídico Que Trascienden lo Estrictamente Local Para Entender Cómo Los Fenómenos ''transnacionales'' en su Conjunto Están Incidiendo en el Constitucionalismo Actual. El Apelativo Transnacional al Que Aludo en Este Texto -Como Veremos- Es Una Expresión Que Responde a la Descripción Que Ofrece Phillip Jessup Desde el Derecho Internacional Cuando Sostiene Que el Derecho ''transnacional'' Reflexiona Sobre el Surgimiento de Nuevas Formas Jurídicas y Actividades Que Aunadas a Las Tradicionales Del Derecho Internacional Público y Privado Clásico Trascienden Las Fronteras Nacionales de Formas Inusitadas.