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Información del producto
En Colombia el Constituyente de 1991; en el Artículo 347; Derogó el Principio de Equilibrio Presupuestal Contenido en la Anterior Constitución Política. Hoy; es Posible la Presentación de Presupuestos Desequilibrados Siempre Que se Acompañen de Proyectos de Recursos Adicionales. La Corte Constitucional se ha Mostrado Seguidora de la Idea Del Desequilibrio Presupuestal; Entendiéndola Como Enmendadura de la Separación Que en Nuestro Medio Venía Presentándose Entre la Consagración Constitucional Del Equilibrio y la Realidad. En Busca de Articular el Desequilibrio; Esta Corporación se ha Valido de Diferentes Argumentos; y en Donde la Corte; Además de Reducirse a la Comprensión Jurídica de Los Mismos; Muchas Veces no Logra Una Estructuración Lógica de Éstos. Quizá lo Primero Sea la Causa de lo Segundo. ISBN: 9789587744477